Como en otras profesiones y actividades humanas, en publicidad se ha planteado la necesidad de precisar unos límites éticos que, dicho coloquialmente, vigilen el “todo vale” para alcanzar los objetivos.
Esto nos lleva a considerar la moralidad de la publicidad y de su mensaje, cuestión que suele relacionarse inmediatamente con las habituales críticas que recibe.
Identificamos dos posiciones esenciales:
1 - Todo lo publicitario es inmoral Ésta es la postura que entiende que la publicidad supone per se un acto de manipulación.
Frente a ella cabe pensar que, como sistema comunicativo que es, efectivamente envía un mensaje con la intención de producir un efecto, una predisposición a favor (o en contra) de un producto, servicio, organización o idea, que finalmente repercuta sobre el comportamiento del público objetivo.
En este proceso el anunciante está identificado y el mensaje tiene que reconocerse como publicitario, de manera que quien lo reciba pueda juzgarlo como tal.
2 -Determinadas prácticas y mensajes contradicen los límites éticosLejos de la postura anterior se encuentran los que defienden que el juicio sobre los planteamientos éticos de la publicidad debe hacerse reflexionando sobre prácticas y mensajes determinados.
Para entendernos con un ejemplo, no todos los anuncios mienten, pero pueden encontrarse algunos que sí lo hacen.
Para luchar a favor de un ejercicio ético de la publicidad, la Asociación Autocontrol ha aprobado en 1999 el Código de Conducta Publicitaria, que recopila las normas y deberes de la profesión.
Estos son algunos de sus principios básicos:
1 -Valor de la publicidad: ninguna comunicación publicitaria debe desmerecer el servicio que la publicidad rinde al mercado.
2 -Respeto a la legalidad y a la Constitución, a sus valores, derechos y principios.
3 - Interpretación de los anuncios publicitarios, que será hecha por el Jurado de la Asociación Autocontrol con objeto de analizar la globalidad o los elementos que lo componen.
4 - Buena fe: la publicidad nunca debe ser un medio para abusar de la buena fe del consumidor.
5 - Explotación del miedo: tampoco debe ofrecer argumentos de venta que se aprovechen del miedo, temor o supersticiones de los destinatarios.
6 - No incitación a la violencia, ni sugerencia de las posibles ventajas de las actitudes violentas.
7 - No incitación a comportamientos ilegales.
8 - Respeto al buen gusto: su contenido no debe ir contra el decoro social marcado por los criterios imperantes y las buenas costumbres.
9 - Prácticas peligrosas y seguridad, que no se pueden alentar, salvo cuando lo haga precisamente para fomentar la seguridad.
10 - Publicidad discriminatoria: no debe sugerir circunstancias de discriminación de ningún tipo (raza, nacionalidad, religión, sexo u orientación sexual) ni atentar contra la dignidad de la persona.
11 - Derecho al honor, que debe respetar lo mismo que la intimidad y la propia imagen.
12 - Respeto al medio ambiente, descartando cualquier comportamiento que lo perjudique.
Incluye también normas deontológicas relativas a la autenticidad, la veracidad, la utilización de determinadas formas y técnicas publicitarias (garantías, datos técnicos, testimonios, comparaciones...), la protección de niños y adolescentes y la protección de la salud.